24 Jun Deducciones por donativos, IRPF, ejemplos
Deducciones por donativos: Para las personas físicas la desgravación por donación es del 35 %, con un 5 % extra si el donativo es plurianual, y en el caso de que sea una empresa la que se compromete con un proyecto plurianual, la donación desgrava en el impuesto de sociedades un 40 %. Por otro lado se hace un reconocimiento al mecenazgo, ya que los 150 primeros euros desgravan el 80 % en el IRPF.
Deducción por donaciones y aportaciones realizadas por personas físicas (IRPF): Artículo 19. Deducción de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
1. Los contribuyentes del IRPF tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el resultado de aplicar a la base de la deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción, determinada según lo dispuesto en el artículo 18 de esta Ley, la siguiente escala:
Base de deducción Importe hasta | Porcentaje de deducción |
150 euros | 80% |
Resto base de deducción | 35% |
Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros, será el 40%.
2. La base de esta deducción se computará a efectos del límite previsto en el apartado 1 del artículo 69 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio.
Deducción de donaciones y aportaciones realizadas por personas jurídicas (IS): Si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del período impositivo anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción en favor de esa misma entidad será el 40%.
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Tanto en la gestión como en la constitución de una fundación podemos ayudarle. Aquí.
Esta reforma, que es una petición del sector desde hace mucho tiempo, se queda corta pues nada se habla de las empresas que donan, seguimos muy lejos de nuestro entorno como en Francia donde es el 70% y seguimos sin cumplir lo prometido, como la ley del mecenazgo.
Así lo he venido tratando en estos años:
La ley de mecenazgo. Desgravaciones. La futura ley de mecenazgo.
granota.net
Publicado a las 06:26h, 16 julioNo habia visitado tu blog por un tiempo, porque me pareció que era denso, pero los últimos articulos son de buena calidad, así que supongo que voy a añadirte a mi lista de sitios web cotidiana. Te lo mereces amigo. 🙂
Saludos
admin
Publicado a las 17:33h, 21 agostoMuchas gracias! Trabajamos para acercar el mundo de las fundaciones a todos de un modo ameno y didáctico. Será un placer volver a verte por aquí.
Luis Fernando artín Galán
Publicado a las 03:47h, 09 diciembreMuchas gracias por estas páginas. Estoy planeando crear una fundación y me están siendo de gran ayuda.
Saludos,
Fernando Galán.